El aumento de las ayudas a la dependencia se calculará en función del grado que tenga cada paciente. La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia ha sido controvertida desde que se aprobó en 2006. El uso que se ha dado de ella en los diferentes gobiernos ha suscitado diferentes opiniones. A nivel popular lleva el título de “ley de dependencia”. Fue aprobada y considerada una medida estrella en la primera legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero, que estuvo en el mando desde 2004 hasta 2011.
Las ayudas se regulan en función del grado de dependencia del o la paciente. Esta dependencia puede venir determinada por la edad, una enfermedad o discapacidad, que hace que la persona tenga una pérdida de su autonomía física, intelectual, mental o sensorial, necesitando la atención de otras personas.
Grados de dependencia
- Grado II. Dependencia moderada. Es asignada a las personas que requieren de ayuda por lo menos una vez al día para actividades básicas o apoyo intermitente.
- Grado II. Nos vamos a una dependencia severa. Se adjudica a quienes necesitan asistencia dos o tres veces al día para actividades cotidianas, pero sin tener la necesidad de un cuidador permanente.
- Grado III. Gran dependencia. Aplicable en individuos que necesitan ayuda varias veces al día y dependen de manera continua de otros por la pérdida total de su autonomía física, mental, intelectual o sensorial.
¿Cómo será la subida de las ayudas a la dependencia?
El decreto ley publicado en el BOE a finales del mes de julio estipula una subida de un 16,7% de las ayudas para la dependencia, aunque se debe tener en consideración que irán de la mano con el grado de cada individuo. Esto quiere decir que no en todos los casos se va a dar el mismo incremento. El Gobierno de España calcula que esta medida beneficiará a 500.000 personas, un número significativo que espera que tenga un impacto positivo respecto al cuidado y la atención que se les da a las personas dependientes.
Hay unos mínimos establecidos de 100 euros en los casos de grado I, 200 euros para el grado II y 300 euros para el grado III. El artículo 13 del Real Decreto 675/2023 recoge los límites, máximo y mínimo, de las ayudas económicas a percibir en 2024 en concepto de ayudas para la dependencia. Otro punto importante a tener en cuenta es la situación económica personal del paciente.
La cantidad ajustada se define siguiendo las normativas específicas de la comunidad autónoma correspondiente o de la administración competente, bajo las directrices del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Cuantías mínimas de las ayudas a la dependencia
De esta manera, las cuantías máximas son:
- Grado I. Prestación económica vinculada al servicio: 313,50 €. De asistencia personal: 313,50 €. Por cuidados en el entorno familiar: 180,00 €.
- Grado II. Vinculada al servicio: 445,30 €. Prestación económica de asistencia personal: 747,25 €. Por cuidados en el entorno familiar: 315,90 €.
- Grado III. Vinculada al servicio: 747,25 €. Asistencia personal: 747,25 €. Prestación económica por cuidados en el entorno familiar: 455,40 €.
Cuantías mínimas de las ayudas a la dependencia:
- Grado I. Servicio: 100 €. Prestación económica de asistencia personal: 100 €. Cuidados en el entorno familiar: 100 €.
- Grado II. Servicio: 150 €. Asistencia personal: 150 €. Cuidados en el entorno familiar: 150 €.
- Grado III. Prestación económica vinculada al servicio: 200 €. Asistencia personal: 200 €. Cuidados en el entorno familiar: 200 €.
El servicio de ayuda a domicilio entra dentro del acuerdo al grado de dependencia del beneficiario. Para los de grado I, la oferta es de 20 a 37 horas semanales de asistencia. Los pacientes de grado II reciben entre 38 y 64 horas semanales y los más dependientes, en grado III ostentan una ayuda de entre 65 y 94 horas al mes.