El Bono Social Térmico es una medida propuesta por el Gobierno nacional que supone un importante ahorro para las familias españolas. Se brindan ayudas económicas a los sectores más vulnerables y en riesgo de exclusión que ya cuentan con el Bono Social eléctrico. El objetivo es que este grupo de personas pueda pagar el gas sin complicaciones. Esta medida se aprobó en el Gobierno en octubre de 2018 (Real Decreto-ley 15/2018), llegando a ser efectiva por primera vez en 2020 ayudando a las personas que padecen pobreza energética. La ayuda mínima que pueden recibir los beneficiarios del Bono Social Térmico es de 35 euros. Este importe puede variar según el grado de vulnerabilidad de la persona y de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre, llegando incluso a los 373,17 euros.
Por otro lado, los plazos en los que se prohíbe cortar la luz a consumidores con el Bono Social se extienden a diciembre de 2023. Hay algunos plazos del Bono Social que están vigentes hasta el 31 de diciembre de este año, como el descuento del 65% a los consumidores vulnerables en su factura de la luz (antes un 25%) y un 80% para los consumidores vulnerables severos (antes de un 40%).
Requisitos para solicitar el Bono Social Térmico
Los interesados en solicitar el Bono Social Térmico deben reunir los requisitos que te contamos a continuación:
- Contratar con anterioridad la tarifa PVPC del mercado regulado.
- Se le debe de haber concedido con anterioridad el Bono Social eléctrico.
- Está disponible para personas vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social.
- Es apto para todo tipo de energía utilizada en casa: agua caliente, calefacción y cocina.
- No es necesario contar con la tarifa regulada del gas: Tarifa de Último Recurso (TUR).
- Vivir dentro del territorio peninsular o insultar.
- Para determinar si el/la solicitante es un ciudadano/a vulnerable, se toma en consideración el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), un dato que estipulará el rango económico en el que se mueve el usuario.
Cómo solicitar el Bono Social Térmico
Como mencionamos antes, para recibir el Bono Social Térmico, el solicitante debe ser beneficiario del Bono Social de luz. Cumpliendo esta condición, el Bono Social de gas se adjudica de manera automática.
Para pedir el Bono Social eléctrico y poder acceder al Bono Social Térmico, es necesario contratar la tarifa regulada de la luz PVPC, en la que el precio de la luz cambia cada hora y cada día.
Si quieres contratar el Bono social de gas y luz, tienes que ponerte en contacto con comercializadoras de referencia, las únicas autorizadas para cursar la gestión:
- Teléfono Energía XXI
- Teléfono Curenergía
- Teléfono Gas & Power
- Teléfono Baser COR
- Teléfono Regsiti
- Teléfono CHC Energía
Energía Ceuta XXI es la comercializadora autorizada en la provincia y Teramelcor la encargada de Melilla. Para obtener información sobre el Bono Social Térmico, cada comunidad autónoma pone a disposición de los ciudadanos un teléfono de asistencia telefónica:
Comunidad Autónoma | Teléfono |
Bono Social Térmico Andalucía | 900 101 220 |
Bono Social Térmico Aragón | 976 716 500 |
Bono Social Térmico Principado de Asturias | 985 27 91 00 |
Bono Social Térmico Islas Baleares | 900 100 444 |
Bono Social Térmico Cantabria | 942 200 033 |
Bono Social Térmico Castilla y León | 983 327 850 |
Bono Social Térmico Castilla-La Mancha | 925 28 70 92 |
Bono Social Térmico Cataluña | 932 142 124 |
Bono Social Térmico Comunidad Valenciana | 961 209 600 |
Bono Social Térmico Extremadura | 924 012 134 |
Bono Social Térmico Galicia | 981 957 803 |
Bono Social Térmico Comunidad de Madrid | 900 101 768 |
Bono Social Térmico Región de Murcia | 968 362 000 |
Bono Social Térmico Comunidad Foral de Navarra | 848 42 69 00 |
Bono Social Térmico País Vasco | 945 01 68 38 |
Bono Social Térmico La Rioja | 941 29 83 33 |
Plazo para pedir el Bono Social Térmico
El plazo para la tramitación está vigente hasta el 13 de diciembre de 2023, según informa La Junta de Andalucía en su web. La cuantía del Bono Social Térmico se le deposita al usuario/a en el primer trimestre del año a través de transferencia bancaria. O sea, antes del 31 de marzo.