Millones de personas cobran el paro en nuestro país, una ayuda imprescindible para desempleados que durará más o menos tiempo en función de lo que cada uno haya trabajado, siendo su cuantía también en función del salario durante el trabajo. Te contamos cuál es la vía legal para trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo, el SEPE confirma que es real y da una gran noticia para miles de personas que lo van a disfrutar.
Datos del paro en España
El primer trimestre de 2024 cerró en lo que a desempleo se refiere con una cifra de 2.977.900 personas en situación de desempleo, lo que supone una baja de 139.700 personas con respecto al trimestre anterior, un descenso del 1,58% en términos desestacionalizados. En el global de los últimos 12 meses, el paro descendió en 208.500 personas.
En cuanto al paro en el pasado mes de abril, el número de parados se situó en 2.666.500 personas gracias a una baja de 60.503, lo que supone un 2,22% menos con respecto al mes anterior.
Así puedes cobrar el paro mientras trabajas
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo que se encarga de conceder las prestaciones y ayudas a personas que se encuentran en situación de desempleo, y algo que se ha dicho siempre es que no puedes cobrar el paro si estás trabajando, pero lo cierto es que esa afirmación no es del todo real.
La reciente reforma de los subsidios por desempleo introduce una novedad en las prestaciones del SEPE, y se permitirá que las personas desempleadas pueda cobrar el paro y compatibilizarlo con un trabajo de hasta 2.250 euros mensuales, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos para ello. Tal y como recoge el Real Decreto 2/2024, de 21 de mayo y en el que se incluye la medida ‘complemento de apoyo al empleo’, se podrá compaginar paro y sueldo incluso en el caso de becarios, una medida que entrará en vigor el 1 de abril de 2025.
La compatibilidad de cobrar el paro con un sueldo se efectuará estrictamente bajo los términos recogidos en dicho decreto-ley, y la cuantía de la prestación dependerá del puesto de trabajo y de si se desempeña a tiempo parcial o completo. Ese complemento se calculará como un porcentaje del IPREM, que este año está cifrado en 600 euros. La norma permitirá compatibilizar el trabajo con cobrar el paro si se han cobrado 9 meses de prestación y se tiene derecho al menos un año, y será exclusivamente en prestaciones reconocidas a partir del 1 de abril de 2025.
Será posible recibir ambos ingresos si el trabajo se realiza por cuenta ajena, no siendo válido para autónomos, y si además se demuestra que no se supera el límite salarial fijado y correspondiente al 375% del IPREM, que sería según el dato actual de 2.250 euros. Es importante destacar que el límite se puede modificar ya que el Gobierno pretende subir ese indicador para mejorar la cuantía de las prestaciones por desempleo, tanto en el caso de las contributivas como las no contributivas.
Esta compatibilidad no será posible cuando la empresa en la que trabajaba el empleado y que generó ese paro esté bajo un ERE o Mecanismo RED, ni tampoco «cuando se trate de contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendiente y demás parientes por consanguinidad o afinidad, o en su caso por adopción”. Es importante tener en cuenta también que para la determinación de la duración máxima se tendrá en cuenta el mes de prestación en el que se inicie la compatibilización. Aunque todavía quede casi un año para que esta medida entre en vigor, sin duda será de gran ayuda para muchas personas cobrar el paro del SEPE mientras se trabaja.