Hacienda carga a los ciudadanos con diferentes tipos de impuestos, en función de la situación personal o laboral de cada uno, siempre con el objetivo de recaudar y con muchos cambios con cierta frecuencia que hacen que unos impuestos lleguen y otros se vayan, o que cambien los requisitos para tener que pagarlos, o bien para dejar de hacerlo. El fin del IVA está cerca y Hacienda no se puede ni creer que vaya a ser una realidad, y si sigues leyendo te descubrimos el por qué… ¡toma nota!.
El IVA es uno de los impuestos más conocidos en España, el cual afecta prácticamente a todos los ciudadanos, sean trabajadores o no.
Adiós al IVA de los autónomos
Tras más de 4 años de negociaciones, por fin llegan buenas noticias para los autónomos en España, ya que el Gobierno ha impulsado un acuerdo entre varias asociaciones de representantes de los autónomos (ATA, UPTA y UATAE), patronales (CEOE y CEPYME) y sindicatos (CCOO y UGT) con la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos para ayudar a los pequeños negocios con diferentes medidas, entre ellas que puedan estar exentos de pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido, el famoso IVA.
Ahora, parece que se ha llegado a un acuerdo para liberar del pago del IVA a los autónomos gracias a un plan para implementar un régimen de franquicia, una estrategia que se sigue ya en varios países de la Unión Europea y que tiene como objetivo aligerar los compromisos con Hacienda de los empresarios más modestos, ya sean autónomos o pequeños negocios. El pacto alcanzado contempla eliminar el IVA de los autónomos que cumplan con unas circunstancias concretas, dando acceso además a diferentes prestaciones a precios más asequibles para poder equilibrar su competitividad frente a las grandes empresas.
Es importante destacar que por el momento no hay una fecha exacta para que esta medida entre en vigor, se estima que se pueda hacerlo en algún momento entre 2023 y 2027. Gracias a este régimen de franquicia de IVA, los autónomos podrán ofrecer sus servicios a un precio y unas condiciones más competitivas, contribuyendo así a que se puedan intentar equiparar a las empresas con más músculos y capacidad a la hora de negociar sus costes. Serían los trabajadores por cuenta propia que facturen hasta 85.000 euros los que no tendrían que cumplir con el IVA, cantidad que podría ampliarse a 100.000 euros en el caso de que sus actividades sean intracomunitarias.
Aunque ese grupo de autónomos vaya a estar exento de declarar el IVA, sí es importante tener en cuenta que habrá que presentar una declaración al año para justificar que cumplen con los parámetros económicos necesarios para tener derecho a esta extinción. Además, también se ha incluido en las negociaciones que quienes se vayan a beneficiar de este adiós al IVA no tengan derecho a deducirse gastos.
Deducir el IVA de los suministros
En una sentencia del TEAC en los últimos días, los autónomos podrán deducir el IVA de los suministros de casa si trabajan en ella, tanto los gastos de la luz como del agua o el gas, ya que el trabajo que se realiza en casa requiere el consumo de todos estos suministros, por lo que se considera que el trabajo afecta parcialmente a la factura de estos suministros. Hacienda había negado la deducción de las cuotas de IVA soportadas por estos gastos a una trabajadora autónoma que utilizaba su vivienda habitual para trabajar, ya que lo compartía con su marido y la Agencia Tributaria consideró que el inmueble no estaba afectado de forma directa y exclusiva por la actividad económica. El TEAC cambió esa decisión.