La ley de Dependencia ha experimentado cambios en sus cuantías máximas y mínimas. Te contamos todo lo que necesitas saber de cara al año que viene. Según registra el Boletín Oficial del Estado (BOE), la “atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal constituye uno de los principales retos de la política social de los países desarrollados”.
Lo que se trata de lograr con la ley de Dependencia es “regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia”. Por estas razones, el sistema para la autonomía y atención a la dependencia está disponible para los ciudadanos/as que lo necesiten.
La definición contemplada en la Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en situación de dependencia es la siguiente: “El estado de carácter permanente en el que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria”.
Siendo incapaces de valerse por sí mismas, estas personas reúnen los requisitos para entrar dentro de la ley de Dependencia. Reciben ayudas para sus cuidados y poder llevar una vida digna.
Estos son los cambios recogidos en la ley de Dependencia
El aumento del importe varía en función del tipo de ayuda que necesita el individuo y de su grado de dependencia. A continuación, desglosamos los tipos de prestaciones que existen y las cuantías que se reciben dependiendo de cada escenario.
Prestaciones para cuidados de personas dependientes dentro del entorno familiar
La cuantía que recibe cada ciudadano/a de la ley de Dependencia se estipula de acuerdo al grado de dependencia que presente. El decreto aprobado recogido por BOE a finales de julio establecía una subida del 17,6% de las ayudas para cuidados de usuarios/as dependientes en el entorno familiar. El Gobierno tiene la previsión de que más de 500.000 personas se verán beneficiadas con este incremento.
Las cantidades asignadas se han incrementado según el grado que presente la persona. Para el grado I, la ayuda mensual pasa de 153 a 180 euros. En el grado II, la cuantía sube de 268,79 a 315,9 euros. El grado III asciende de 387,64 a 455,4 euros. Se busca así que la ley de Dependencia se ajuste a los gastos reales que suponen el cuidado de individuos dependientes dentro del ámbito familiar.
Ley de Dependencia: ayudas económicas para el servicio de atención residencial y centro de día
Las ayudas asociadas al servicio de atención residencial (SAR) y centro de día (SCD) han experimentado una subida del de 4,5%, influyendo en la vida de 200.000 personas. Las SAR queda en 313,3 y las SCD en 445,3 euros para pacientes de grado I. 445,3 (SAR) y 747,25 euros (SCD) para ciudadanos/as dependientes en grado II. En grado II la ayuda es de 747,25 euros.
Asistencia personal ligada a la ley de Dependencia
La ayuda de asistencia personal vinculada a la ley de Dependencia también ha tenido un incremento de un 4,5%. En los casos de pacientes con grado II, la cuantía queda igual a la de grado III. La estimación es que este cambio será beneficioso para más de 10.000 personas, dejando la cantidad asignada para el grado I en 313,50 euros y 747,25 euros para grado II y III.
La ley de Dependencia aumenta sus cuantías mínimas
Las cuantías mínimas de la ley de Dependencia también han experimentado cambios. Existen más de 60.000 personas con prestación económica que reciben menos de 100 euros al mes. Del total, cerca de la mitad reciben menos de 50 euros mensuales. No obstante, la normativa estipula que ahora son de 100 euros para grado I, 200 euros para grado II y 300 euros para grado III.
¿Cómo saber el grado de dependencia que tiene una persona?
La ley de Dependencia ampara a los ciudadanos/as dependientes y a sus cuidadores, ya sean familiares o no. Para que las personas que pertenecen a este sector de la población puedan beneficiarse de las prestaciones debe existir un documento que certifique el grado de dependencia que presenta el individuo. El informe se solicita al SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia), regulado también por el organismo evaluador que dictamine cada comunidad autónoma. El estudio del paciente puede reflejar 3 tipos de dependencia diferentes:
- Dependencia moderada. Individuos que necesitan asistencia puntual o intermitente para hacer frente a actividades cotidianas.
- Dependencia severa. Ciudadanos/as que necesitan ayuda para el desempeño de su vida diaria dos o tres veces al día o de manera extensiva, pero no necesitan la ayuda constante de un cuidador/a.
- Gran dependencia. Este es el grado más avanzando. Engloba a las personas que padecen una pérdida total de su autonomía física, mental y sensorial, necesitando la ayuda constante de alguien que las cuide.
Requisitos de la ley de dependencia
Antes de pedir las ayudas contempladas en la ley de Dependencia, hay que tener claros los requisitos. La persona por la que se solicita debe cumplir con 3 requisitos:
- Tener nacionalidad española.
- Residir en España durante al menos 5 años, dos de ellos inmediatamente anteriores al momento de la solicitud.
- Tener en su poder la declaración de dependencia con su grado correspondiente.
El cuidador no profesional que quiera pedir las ayudas también debe cumplir con varios requisitos:
- Residir en el mismo municipio o en una población vecina a la persona dependiente durante al menos un año previo a la fecha de la solicitud.
- Tener una capacidad física, mental e intelectual óptima para hacerse cargo de sus cuidados.
- Asumir formalmente horarios, tareas y cuidados según el grado de dependencia del paciente.
- Facilitar el acceso de los servicios sociales de las Administraciones Públicas mientras realiza su labor como cuidador/a.
Incidencias que pueden darse en la solicitud de la ayuda para la dependencia
- Documentación incompleta. El usuario o la usuaria debe presentar información válida y completa sobre la residencia, la fotocopia del DNI del solicitante y/o representante legal, informe médico realizado por autoridades competentes y, de así requerirse, documentación que acredite el nivel de renta.
- No tener la nacionalidad española. Si la persona no tiene nacionalidad española o no cumple con los plazos exigidos por la ley, la solicitud se regirá por lo establecido en la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- No entregar modelos normalizados. Toda la documentación debe mostrarse siguiendo protocolos de validación como las compulsaciones.
En definitiva, la ley de Dependencia ha experimentado aumentos en sus cuantías, de los que se verán beneficiados un gran número de ciudadanos. Si quieres optar a alguna de ellas, recuerda recopilar toda la información útil que encuentres a la hora de pedir la solicitud (mejor que sobre a que falte), sigue todos los procesos paso a paso, cumple con los plazos y pide asesoría a un experto si es necesario. Con estos cambios y siguiendo los procesos como debe ser, la persona dependiente y sus cuidadores podrán ver un aumento en su nivel de vida, razón más que suficiente para no desistir.