La pensión de incapacidad permanente ha cambiado en España tal y como la conocíamos. Se confirma su bajada, pero solo en un supuesto. Además de la lista de razones por las que te pueden quitar esta prestación, conviene saber en qué casos puede verse reducida por debajo del mínimo.
Cabe destacar que la pensión por incapacidad permanente es una ayuda económica que otorga el Gobierno a los ciudadanos que ven reducida o anulada su capacidad laboral de manera definitiva por motivo de una enfermedad o accidente.
En muchas ocasiones, esta prestación es el único ingreso del que dispone el usuario, por lo que las decisiones que toma la Seguridad Social son muy estudiadas.
¿Puede la Seguridad Social reducir mi pensión de incapacidad permanente por debajo del mínimo?
Sí, aunque la respuesta a esta pregunta cambia dependiendo de si el ciudadano/a recibe el complemento para llegar a la mínima o no. Siendo el único ingreso para algunas personas, si la pensión está por debajo del mínimo, el organismo brinda un complemento para asegurarse de que el beneficiario/a recibe, por lo menos, la cantidad fija que dictamina la ley.
¿Qué es la pensión mínima?
La mínima es un importe fijado por la ley española que salvaguarda la integridad de los pensionistas que reciben prestaciones contributivas menores a este umbral y tienen ingresos limitados (demostrables) alcancen un nivel mínimo de ingresos. Si sus prestaciones están por debajo de la mínima y es una persona residente en España, se le brinda un complemento para llegar a la cuantía mínima y proteger un nivel de vida digno.
Llegados a este punto, pueden suceder dos cosas. Por un lado, que el pensionista tenga la mínima sin tener que recurrir al complemento o que el importe esté por debajo y necesite el complemento.
La Seguridad Social puede bajarte la pensión de incapacidad permanente en este caso
Como mencionamos anteriormente, hay un supuesto en el que la Seguridad Social puede recudir la prestación de incapacidad permanente por debajo del mínimo. Solamente se cobrará por debajo de la prestación mínima en este caso cuando el importe resultante esté por debajo de la mínima y se cumplan los requisitos requeridos por la Seguridad Social para obtener el complemento a mínimos.
El derecho al complemento tiene dos condiciones que se deben cumplir y mantener:
- Tener residencia legal en España.
- No superar un límite de ingresos. Este año, para los que no tienen cónyuge a cargo, el límite es de 8.941,33 euros. En el caso de que sí se tenga cónyuge a cargo el tope está puesto es 10.429,82 euros anuales.
Si el usuario no cumpliera con estos dos requisitos, la Seguridad Social directamente eliminaría este complemento y la cuantía quedaría por debajo del mínimo. Sin embargo, no se pierde de manera definitiva. Aunque no es de carácter vitalicio, puede volver a solicitarse cuando se cumplan los requisitos del organismo. Está hecho así porque el complemento a mínimo es para garantizarles unos ingresos mínimos a las personas que no pueden obtenerlos de otra manera.
Cuantía de la pensión de incapacidad en 2024
El Ejecutivo de Pedro Sánchez anunció a finales de 2023 una subida del 22% en este tipo de prestaciones, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024. Se trata de un aumento que se registra automáticamente, sin que el usuario deba hacer ningún trámite. También se ha informado acerca de una subida de las prestaciones no contributivas por invalidez, cuya predicción es que asciendan de manera progresiva hasta representar el 75% del umbral de pobreza para 2027.
La cuantía mínima para casos de incapacidad permanente total o absoluta, con cónyuge a cargo, ha pasado de 966,20 a 1.178,50 euros al mes. Esto supone un aumento de 212,30 euros al mes. Por otra parte, las no contributivas han pasado de 484,61 a 592 euros mensuales. En cada ayuda, el propósito es reducir las diferencias económicas que afrontan los ciudadanos, cada uno con sus circunstancias personales. Si necesitas pedir la pensión de incapacidad permanente o conoces a alguien que sí, aquí te dejamos la tabla de enfermedades al completo aptas para solicitarla.