Los contratos pueden tener un sinfín de cláusulas que pueden querer establecer tanto la empresa como el trabajador en cada caso, y a la hora de firmar uno es muy importante entenderlo absolutamente todo para no meterte en un futuro lío o que no te engañen. Te contamos cuál es el fraude del periodo de prueba en los contratos al que muchas empresas recurren y que ahora ha quedado tan al descubierto que la Inspección de Trabajo se ha puesto seria… ¡que no te la cuelen!.
¿Qué es realmente el periodo de prueba?
Se define como periodo de prueba en un contrato a aquel periodo en el que el empresario y el trabajador acuerdan comenzar el contrato para conocerse y darse un tiempo para saber si quieren seguir con su relación laboral. Aunque mucha gente se piensa que es únicamente para que la empresa compruebe que el trabajador encaja en lo que está buscando, lo cierto es que también es para que el trabajador decida si ese puesto o empresa es lo que quiere para continuar con su vida laboral.
Si un trabajador quiere marcharse de la empresa durante el periodo de prueba, podrá hacerlo sin preaviso y tal situación no podrá suponer ninguna repercusión en su contra, ni tampoco la empresa podrá hacer nada para evitarlo, más allá de hablar con el trabajador e intentar que se quede si es lo que realmente le interesa, quizás mejorando sus condiciones o haciendo que se sienta mejor como para no abandonar.
Este es el fraude del periodo de prueba
La Inspección de Trabajo ha detectado en muchas ocasiones, y cada vez más, a empresas que aprovechan el periodo de prueba para despedir a trabajadores que acaban de firmar un contrato, lo que a nivel empresarial supone un ahorro de la indemnización o tener que explicar los motivos que han llevado al cese. Muchas empresas utilizan el periodo de prueba de forma totalmente legítima, pero muchas lo hacen para tener un trabajador durante un tiempo y echarlo sin indemnización antes de que venza ese tiempo establecido, ahorrándose así los costes de un contrato temporal, por ejemplo.
Según ha anunciado el Ministerio de Trabajo y Economía Social: «La Inspección de Trabajo verificará especialmente los contratos de trabajo, ya sea a tiempo parcial o jornada completa, que se extinguen por no superar el periodo de prueba a pesar de haber excedido su duración máxima, así como los despidos de personas trabajadoras que no superan el periodo de prueba a pesar de haber sido contratada previamente para realizar las mismas funciones».
Los contratos indefinidos apenas sobreviven en España, de hecho su supervivencia es históricamente baja, siendo hoy en día del 50% según datos de un informe publicado recientemente por el Banco de España. Uno de los motivos de este problema reside en la ejecución de una cláusula contemplada dentro de los periodos de prueba y que permite que cualquier empresa pueda dar por terminada la relación sin tener que darle un finiquito al trabajador.
El periodo de prueba de cada trabajador puede variar su tiempo, y depende de factores como la titulación requerida para el puesto que se va a ocupar, siendo el mínimo de un mes cuando se trata de contratos temporales de menos de 6 meses, y el máximo de 6 meses, en cualquier otro caso. Pasado el tiempo estipulado como periodo de prueba, la empresa ya tendrá la obligación contractual y legal de justificar el despido, además de indemnizar al trabajador. Curiosamente, más del 40% de los contratos indefinidos que se firman en España no sobreviven más de esos 6 meses de límite fijado como periodo de prueba.
Esta tendencia de despedir antes de finalizar el periodo de prueba preocupa, y mucho, al ministerio que encabeza Yolanda Díaz, el cual deja claro que «A través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude, la Inspección de Trabajo buscará posibles irregularidades para evitar que algunas empresas recurran a fórmulas que mermen los derechos de las personas trabajadoras y supongan un obstáculo para la libre competencia entre las empresas», afirman desde el mismo.