La declaración de la Renta empieza hoy y conviene saber todas las novedades para no pagar de más. Hace poco, te contamos el cambio improvisado que introdujo Hacienda y ahora te traemos todo lo que necesitas saber para que no te la cuelen en esta Campaña 2023-2024. A partir de ahora, ya es posible presentar las declaraciones por internet.
Los contribuyentes ya pueden acceder desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales. El plazo para hacer las presentaciones se extiende hasta el 1 de julio de 2024, un día más de lo habitual, ya que el próximo 30 de junio de este año cae en domingo.
Por otro lado, desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de este año, podrá realizarse la declaración por teléfono. La solicitud de la cita comienza el 29 de abril y sigue hasta el 28 de junio. Las últimas declaraciones que se abrirán serán las de las oficinas de la Agencia Tributaria, habilitadas desde el 3 de junio hasta 1 de julio de 2024. Las fechas de solicitud de cita son las mismas que en el caso anterior: del 29 de mayo al 28 de junio.
Novedades interesantes de la declaración de la Renta 2024
El Gobierno ha puesto en marcha diversas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado que afectan a la declaración de la Renta, como el aumento en la reducción de las retenciones del IRPF para las rentas de hasta 21.000 euros, un aspecto que afecta a esta campaña.
Una de las particularidades de esta campaña es que TODOS los autónomos tendrán que hacer la declaración del año que viene, sin importar cuáles han sido sus ingresos. De la misma manera, los titulares del IMV y las personas que integran la unidad de convivencia deben presentar anualmente la declaración del IRPF.
Por otro lado, respeto a la obligación de presentar la declaración, los Presupuestos Generales del Estado para el 2023 subieron el umbral de perceptores de rendimiento de trabajo a 15.000 euros al año (en contraposición a los 14.000 euros anteriores). Sin embargo, Hacienda recalca que si los contribuyentes no obligados a declarar quieren una devolución del impuesto sí deben presentarla.
Para calcular el importe a volver en este caso, se tomarán en cuenta los pagos a cuenta efectuados, la deducción por maternidad y las deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo, por ascendiente separado legamente con dos hijos o sin vínculo matrimonial que correspondan.
Maternidad y guarderías, dos conceptos que deducen en la declaración de la Renta 2023-2024
Hasta el año 2022, solo podían beneficiarse de la deducción de 1.200 euros anuales por cada menor de tres años las madres trabajadoras, pero ahora las cosas son diferentes. Incluso si en el momento el nacimiento del bebé la madre no trabajaba y cobraba la paga por desempleo o después cotizó 30 días o más, podrá deducir este dinero y solicitar el abono anticipado de 100 euros por mes.
Es una ampliación ubicada entre 2020 y 2023 que también alcanza a los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil. Asimismo, una sentencia del Tribunal Supremo del 8 de enero de 2024 extendió la deducción por maternidad en el IRPF a los gastos de custodia de menores de tres años en guardería, aun si el centro no tiene a su disposición la autorización de centro educativo.
Esto es solo una pincelada de todas las novedades que trae la declaración de la Renta este año. Aquí te contamos un poco más. Recuerda leer con atención y acudir a un profesional para que evalúe tu caso de forma personalizada para que el resultado sea lo más favorable posible.