Es ley de vida. Los padres cuidan de sus hijos cuando estos son pequeños, pero cuando los padres envejecen son los hijos los que cuidan de ellos. Hay instancias en las que los ciudadanos/a no tienen hijos o son otros los familiares los que pueden hacerse cargo de ellos. Una labor loable que hace que dejen lado otras ocupaciones. Si bien estas ayudas en el entorno familiar se hacen por cariño a la persona dependiente, es posible recibir una prestación económica por ello. Así lo estipula la Ley de Dependencia. A continuación, te contamos cuánto dinero te pertenece por ocuparte de ese familiar que está pasando por una situación difícil. Aunque hemos puesto de ejemplo el caso de los adultos mayores, la dependencia también puede darse en personas jóvenes por diferentes razones.
Con esta medida se busca apoyar económicamente a ese cuidador/a no profesional que hace todo lo posible porque su familiar tenga la mejor calidad de vida que su condición le permite. Las ayudas para quienes se hacen cargo de las personas dependientes de su ámbito familiar se reconocen cuando el beneficiario (o sea, la persona dependiente) es atendida por:
- Una persona no profesional.
- Su cónyuge.
- Parientes por consanguinidad.
- Individuos afines o adopción, hasta el tercer grado de parentesco.
El individuo podrá acceder a estas ayudas si se ha dedicado a cuidar a su familiar durante un año previo a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que las condiciones de convivencia y de habitabilidad de la vivienda sean óptimas y así lo asiente el Programa Individual de Atención (PIA). PIA es el proceso administrativo que se debe hacer para estipular cuál es el nivel de dependencia que tiene un ciudadano/a.
Los puntos clave de las ayudas por cuidados en el entorno familiar
- Son de carácter excepcional.
- Su objetivo es que el usuario dependiente permanezca en su domicilio atendido por cuidadores no profesionales.
- La ayuda está sujeta al grado de dependencia que presente la persona a la que se cuida, que se establece mediante el PIA.
Requisitos para solicitar las ayudas por cuidado de un familiar
El ciudadano o la ciudadana que esté cuidando un familiar y no sea profesional puede recibir ayudas económicos. Para ello, debe cumplir una serie de requisitos.
- Ser mayor de 18 años.
- Residir legamente en España.
- Ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado.
- La persona cuidadora convive con el paciente dependiente en el mismo domicilio. Esto puede cambiar si la persona dependiente tiene su domicilio en un entorno caracterizado por insuficiencia de recursos públicos o privados acreditados, despoblación, o circunstancias geográficas o de otra naturaleza que impidan o hagan difícil otras formas de atención. En ese caso, el organismo competente puede autorizar excepcionalmente que una persona de su entorno, aun sin tener el grado de parentesco requerido, le brinde cuidados no profesionales, con el requisito de que viva en el mismo municipio del paciente dependiente o uno cercano.
- El paciente debe tener reconocida la situación de dependencia, sin importar el grado que sea. Los cuidados que brinde al/la paciente deben ser adecuados de acuerdo a su condición. El potencial beneficiario debe llevar un tiempo prestando estos cuidados a la persona dependiente, concretamente un año antes a la fecha de la solicitud.
- Llenar una solicitud con los documentos y compromisos exigidos.
- Cuidador: no tener ningún grado de dependencia.
- Cuidador: no puede haber sido acusado/a de ningún delito violento o íntimo.
- No puede estar trabajando a tiempo completo.
- Cuidar a un individuo dependiente durante un año antes a la fecha de solicitud.
- En el caso de pacientes con dependencia grado I: solo se le darán estas ayudas a las que vivan en un entorno rural.
- La persona cuidadora debe acreditar que se encuentra en plenas facultades físicas, mentales e intelectuales para cuidar a su familiar.
Compromisos que asume el cuidador/a de una persona dependiente
El cuidador/a debe asumir formalmente los compromisos necesarios para la atención y el cuidado del paciente o la paciente dependiente.
- Atender a los pacientes dependientes y su entorno.
- Cuidar de la higiene personal de su familiar.
- Realizar las labores del hogar.
- Administrar la medicación de la persona dependiente.
- Acompañar a la persona dependiente en los traslados necesarios. Ejemplos: gestiones en el banco o citas médicas.
- Cuidar a la persona dependiente a nivel físico y psicológico.
- Se deben facilitar el acceso de los servicios sociales de las administraciones públicas competentes a la vivienda de la persona dependiente. Esto con el objetivo de comprobar que se están cumpliendo con los requisitos.
- La continuidad de los cuidados debe extenderse por al menos un año, excepto que se interpongan circunstancias imprevisibles.
Ayudas para cuidados de personas dependientes en el entorno familiar
El decreto aprobado recogido en el BOE a finales de julio estipula una subida del 17,6% en las ayudas para cuidados de personas dependientes dentro del entorno familiar. La previsión del Gobierno es que habrá más de 500.000 ciudadanos/as que se van a beneficiar con este incremento.
Actualmente estas ayudas para cuidado de personas dependientes en el ámbito familiar se perciben según el grado de dependencia del paciente:
- Grado I. Pasa de 153 a 180 euros al mes.
- Grado II. Sube de 268,79 a 315,9 euros.
- Grado II. Cambia de 387,64 a 455,5 euros.
Cabe destacar que el cuidador no profesional no está obligado a suscribir el convenio especial de la Seguridad Social. Sin embargo, desde el 1 de abril de 2019, las personas que cuidan a familiares dependientes y sean beneficiarios de la Ley de Dependencia pueden hacerlo sin ningún coste. En casos como este, es la Administración General del Estado la que se hace cargo del pago de sus cotizaciones.