Recibir la pensión de jubilación es uno de los momentos más esperados por los ciudadanos. Después de estar años dedicados al trabajo, saber que podrán dormir hasta la hora que deseen o no tendrán que volver a rendir cuentas es un alivio para ellos. En este contexto, existe una manera de que los jubilados puedan sumar lo que han trabajado en España y en el extranjero.
De cara al cálculo de la pensión, si el ciudadano o la ciudadana ha vivido en dos países diferentes, se hace la suma de las cotizaciones de los dos, si el segundo esté dentro de la Unión Europea (o pertenezca al Espacio Económico Europeo: Islandia, Noruega y Liechtenstein).
Este cálculo de la pensión también aplica si se trata de Suiza u otro país no comunitario con el que España tenga un convenio bilateral. En cualquiera de los casos, procede el reconocimiento de años trabajados en el extranjero, que se suman a los periodos cotizados en España. Incluso existe la posibilidad de una misma persona cobre dos pensiones de distintos países.
Un caso diferente es si la persona vivió y trabajó en un país no europeo con el que España no tiene acuerdo alguno en materia de Seguridad Social. Al no existir un convenio, los años cotizados en el extranjero no valen. Para evaluar los posibles derechos que haya podido adquirir el usuario en el país extranjero, tendrá que pedir información a organismos de allí.
Tu pensión puede verse multiplicada: te contamos cómo
Cabe destacar que la pensión española no puede cobrarse de manera doble, excepto si provienen de regímenes diferentes. Por ejemplo, una del General y otra del régimen de autónomos.
Los convenios bilaterales entre países se basan en el “principio de igualdad de trato”. Esto quiere decir que trabajadores de otras partes del mundo pueden acceder a ciertos beneficios de la Seguridad Social en las mismas condiciones que tendría un ciudadano o una ciudadana española. Lo mismo sucede al revés.
Esos convenios hacen que los años trabajadores en el extranjero sí cuenten para la Seguridad Social, algo que se ve reflejado a la hora de optar a una mejor jubilación o una prestación por incapacidad permanente, entre otras. O sea, es posible convalidar la cotización que has tenido fuera de España.
Hay muchos países que no pertenecen a Europa y tienen firmado un convenio bilateral con la Seguridad Social de España. También hay acuerdos multilaterales que engloban varias naciones, como el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social. En estos casos, el interesado o la interesada puede optar lo que determina el documento o elegir, en caso de que le sea más favorable, guiarse por lo suscrito en el convenio bilateral del país donde ha realizado su actividad profesional.
¿Puedo cobrar la pensión de España y de un país con el que no tiene convenio?
No. Sin embargo, hay matices. Si la cotización en el extranjero la has hecho en un estado de la Unión Europea (o del denominado Espacio Económico Europeo, donde están incluidos Islandia, Noruega y Liechtenstein, o Suiza, no hay necesidad de que exista ningún convenio bilateral de Seguridad Social con España. En esos territorios ya está preestablecido que se reconozcan los años trabajados en el extranjero, y se pueden sumar al tiempo cotizado en nuestro país.
Si has vivido un tiempo fuera de España y todavía te quedan dudas sobre tu caso, te conviene contactar con abogados especializados en jubilación y convenios bilaterales. Por otra parte, si estás en edad de trabajar y tienes pensado emigrar puede que, cara al futuro, te convenga contemplar esta información para pasar una vejez digna y sin preocupaciones.