Lanzarse a la piscina y tomar la decisión de ampliar la familia no es algo fácil. Por un lado, está la implicación emocional que eso significa. Y, por otro, la parte económica. Formar una familia implica cambios significativos en la vida de cualquier persona, ya sea hombre o mujer. Es por eso que informarse sobre la baja por maternidad y la baja por paternidad es crucial de cara a comenzar esta nueva etapa con una sonrisa. El artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores regula esta baja por maternidad en España, un derecho al que tienen acceso todas las mujeres ya sea que den a luz, adopten, acojan o tutelen un menor.
En España, la baja por maternidad y la baja por paternidad están protegidas por la Seguridad Social, otorgando una licencia remunerada a esos padres y madres que quieres disfrutar al máximo de los primeros días de vida de su hijo/a.
Cuántos meses son de baja por maternidad o paternidad
Tanto la madre como el padre tienen derecho a un permiso de 16 semanas, siendo las primeras 6 de obligado cumplimiento en el caso de las madres tras el parto. Estos números son una mejora significativa si los comparamos con la legislación anterior, que solo permitía que los padres tuvieran dos semanas. Fue en 2021 cuando se igualó, por primera vez, este permiso para ambos progenitores.
Esta medida llegó para brindar una mayor igualdad de género en términos de responsabilidad parental. No es un sistema transferible. O sea, casa progenitor debe hacer uso de su tiempo asignado, fomentando una participación equiparativa de ambos padres en la crianza del bebé desde sus primeros días en el mundo.
La baja de maternidad y la baja de paternidad corresponden a 16 semanas de permiso, casi 4 meses. Pueden dividirse de la siguiente forma:
- 6 semanas obligatorias ininterrumpidas y jornada completa posteriores al parto. La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha acordada para el parto.
- Las 10 semanas restantes pueden disfrutarse en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida. Deben estar dentro de los 12 meses después del parto.
Puede ampliarse una semana más tanto en la baja por maternidad como en la baja por paternidad por cada hijo, a partir del segundo, en caso de nacimiento múltiple y en caso de discapacidad del hijo. También existe la opción de ampliar este tiempo por parto prematuro y hospitalización después del parto (por un espacio que supere los 7 días), hasta un máximo de 13 semanas.
¿Cómo solicitar la baja por maternidad o paternidad?
La baja por maternidad o paternidad puede solicitarse de manera telemática, por correo ordinario o de forma presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social con cita previa. Necesitar tener los siguientes documentos a mano.
- Solicitud de la prestación.
- DNI, pasaporte o NIE de los progenitores.
- El documento otorgado por el médico.
- Si es un trabajador/a por cuenta ajena, deberá tener el certificado de empresa con fecha de inicio de descanso. No será necesario si la empresa ya se ha encargado de enviarlo. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, aportarán una declaración de situación de su actividad.
- Número de cuenta para recibir el dinero.
- Si es por nacimiento: informe de maternidad del Servicio Público de Salud y Libro de Familia o certificado de inscripción del menor en el Registro Civil.
- Adoptación o hijo acogido: Libro de Familia o certificado de inscripción en el Registro Civil y resolución judicial o administrativa.
Dependiendo de cada caso contrato, el organismo puede solicitar más o menos documentos. La forma más rápida de solicitarle es a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. No es necesario tener certificado digital o contraseña en CLAVE, aunque si se tiene todo será mucho más fácil. Después de un tiempo, se recibirá una comunicación telemática por parte del organismo en la que se detallará el tiempo exacto de la baja, documento que habrá que enviar al departamento de recursos humanos de la empresa en la que se trabaje.
Cuánto tardan en aprobar la solicitud y cuándo me pagarán la baja por maternidad o paternidad
El tiempo que tarda la Seguridad Social en aprobar la solicitud de baja por maternidad o paternidad suele ser de 30 días a partir del momento de la presentación de la solicitud. No obstante, este plazo pude acortarse.
En la baja de maternidad y en la baja de paternidad el salario que se percibe corresponde al 100% de la base reguladora. La entidad que hace este pago es la Seguridad Social y no la empresa. Es importante tener en cuenta que esta retribución no incluye dietas, cheques restaurantes o plus de transporte que pueda incluir alguna compañía en condiciones “normales”.
Si su contrato termina mientras el ciudadano/a está de baja por paternidad o maternidad, continuará recibiendo la prestación económica por nacimiento y cuidado de menos de 16 semanas hasta culminar este periodo. Se podrá solicitar la prestación o subsidio por desempleo en los 15 días hábiles siguientes. Según recoge la web del SEPE “el período de baja por maternidad o paternidad, mientras hayas permanecido de alta en la empresa, se tiene en cuenta como período de ocupación cotizada para acceder a las prestaciones por desempleo, puesto que en este período de descanso maternal o paternal continúa la obligación de cotizar mientras el contrato esté vigente”.
En el caso de las personas autónomas, la Ley 6/2017 establece que durante ese período de baja maternal no se pagará la cuota.
Reducción por jornada de lactancia (hasta los 9 meses)
Cuando se termina la baja por maternidad y la baja por paternidad es posible pedir este permiso que dura hasta los 9 meses del menor. Pueden tomárselo los dos progenitores. Pueden distribuirse ese tiempo como quieran a lo largo del día.
- Dos medias horas o una hora cada día laborable. Debe disfrutarse en medio de la jornada laboral.
- Reducción de jornada de trabajo de solo media hora para entrar más tarde o salir antes.
- Acumular todas las horas libres para tener varios días libres y retribuidos (según el convenio colectivo o previo acuerdo con la empresa).
El trabajador o la trabajadora tendrá que dar un preaviso a la empresa sobre los días y la forma en que va a disfrutar ese tiempo. Tiene que hacerlo por lo menos 15 días antes o según el convenio colectivo aplicable. El permiso de lactancia puede compatibilizarse a la perfección con la reducción de jornada por cuidado de un hijo, pero no es compatible con la excedencia por cuidado de un menor de tres años.
¿Estamos a la altura de la baja por maternidad y paternidad del resto de Europa?
Eurostat registra que la duración promedio de la baja por maternidad en Europa ronda las 20 semanas, y la de paternidad 8 semanas. Si tenemos en cuenta que España le da 16 semanas al padre y la madre, podríamos decir que nuestro país se encuentra en un lugar bastante competitivo.
En Suecia los padres pueden compartir hasta 480 días de baja parental, obteniendo una remuneración del 80% de su salario durante los primeros 390 días. España ha realizado avances significativos en los últimos años en cuando a la maternidad y la paternidad. Está en una buena posición si miramos hacia el pasado, aunque siempre existe una cuota de mejora a la que se puede aspirar.