¿Sabías que puedes capitalizar el paro? Ante la incertidumbre ocasionada por la inflación y el mal ambiente laboral instalado en algunos sectores, muchos ciudadanos se plantean crear su propio negocio. La idea de no tener jefes y disponer de su propio tiempo es tentadora, pero el primer obstáculo con el que se encuentran es la falta de capital, un hecho que puede subsanarse mediante tres vías.
- Tomar el dinero ahorrado (si lo hay).
- Solicitar un crédito.
- Capitalizar el paro en un pago único. Este último habla sobre la posibilidad que tiene el trabajador por cuenta ajena de pedir el cobro íntegro de todas las prestaciones a las que tiene derecho como asalariado. ¿El objetivo? Tener un capital interesante disponible para emprender un negocio.
Cada caso es diferente, por lo que, dependiendo del tipo de actividad que vaya a realizar, existen 3 tipos de beneficiarios:
- Los que van a desarrollar una actividad profesional como autónomo.
- Aquellos que deseen crear una cooperativa o unirse a una que ya funcione como socio trabajador estable.
- Los ciudadanos y las ciudadanas que tengan el deseo de constituir una sociedad laboral como socio trabajador o autónomo societario.
¿Quiénes pueden capitalizar el paro?
Pero la opción de capitalizar el paro ¿está disponible para todos? No. Solo pueden acceder a esta opción las personas que quieren y pueden trabajar, pero no cuentan con un empleo en esos momentos. Por otra parte, si un empleado decide renunciar a su trabajo de manera voluntaria no tiene derecho a paro, por lo que no podrá capitalizar el paro, ya que no le pertenece cobrarlo.
Requisitos que piden para capitalizar el paro
- Ser beneficiario/a de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral que haya superado los 6 meses, de los que tenga que cobrar todavía tres (por lo menos).
- No haber recurrido a la capitalización del paro en los cuatro años anteriores.
- Comenzar la actividad para la que se ha pedido el dinero en el plazo máximo de un mes desde que se concede y con fecha posterior a la solicitud.
- Puede comenzarse la actividad y darse de alta en RETA antes de la resolución del pago, cuando se haya hecho la solicitud. No has de esperar a que el proceso termine.
- Si has terminado una relación laboral y se ha impugnado la situación ante la jurisdicción social para recibir la prestación por desempleo, la solicitud del pago único ha de ser posterior a la resolución de ese proceso.
- En el caso de que en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único se haya estado compatibilizando el trabajo por cuenta propia con el cobro por desempleo, NO se podrá solicitar este pago único.
- Haber superado el periodo de prueba si se contempla en los estatutos de la cooperativa de la que quieres ser parte. Puedes aprobar el pago único, pero solo lo recibirás cuando esté justificado ante el SEPE que esa etapa ha sido superada.
Consejos para que capitalizar el paro sea fácil
Los requisitos parecen estar claros. Sin embargo, hay algunos errores comunes que suelen cometerse y le cuestan muy caro al emprendedor. Es por eso que te dejamos estos consejos para que capitalizar el paro sea fácil y se convierta en la vía perfecta para cumplir tus sueños.
- Solicita el pago único antes de comenzar la actividad.
- Destina todo el dinero a tu negocio. Si se detecta que se está guardando dinero o se utiliza para otra cosa, puedes hacer frente a una grave infracción. El error inconsciente suele ser guardar dinero por si se necesita en la empresa en otro momento, pero lo mejor es invertirlo para evitar problemas.
- La modalidad de pago único del paro está exenta del pago de IRPF. La exención solo es posible cuando la actividad iniciada se mantiene por un mínimo de 5 años.
- La Administración no puede exigir la devolución del dinero si se cesa la actividad, siempre que esta se produzca por causas ajenas a la voluntad del autónomo. Para comprobarlo, el ciudadano/a debe guardar toda la documentación.
- NO hace falta incluir el IVA en la memoria económica. Al no considerarse gasto, el SEPE no lo va a tener en cuenta.
- NO impugnes el despido. Si lo impugnas, no podrás acceder al pago único hasta que ese proceso esté resuelto.
Ahora ya sabes lo básico para capitalizar el paro y comenzar el emprendimiento que siempre has querido.