Hacienda tiene como objetivo hacer que todos los ciudadanos cumplan con sus obligaciones fiscales, además de controlar que no se realicen movimientos económicos que supongan un fraude o delito, entre otras misiones. Te contamos la dura y extraña advertencia que España ha recibido y que deja ver que Hacienda es demasiado buena con los ciudadanos… ¡toma nota!.
¿Cuál es el objetivo de Hacienda?
La Agencia Tributaria tiene como principal objetivo fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los ciudadanos, vigilando todos sus movimientos, o al menos todos aquellos que puedan ser susceptibles de suponer un fraude o delito fiscal. Tiene muchas más opciones, como recaudar impuestos.
Es importante destacar que la Agencia Tributaria es el organismo que se encarga de la gestión y supervisión tributaria, el cual está adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
El toque de atención de Europa a España con los insolventes
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado la excepción que hace la ley concursal española al exonerar deudas con organismos públicos como la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, en la que los jueces no pueden condonar íntegramente para dar una segunda oportunidad al afectado, tal y como sí pueden hacer con otros créditos a favor de terceros del sector privado.
La corte se pronuncia concretamente sobre la cuestión presentada por la Audiencia Provincial de Alicante, que elevó la consulta al TFJUE antes de resolver el conflicto entre dos personas físicas que se habían declarado judicialmente insolventes y Hacienda, que se opuso a que se les exonerase una deuda fiscal de 192.366,21 euros al considerar que se trata de un crédito público privilegiado. En ese momento estaba en vigor una versión de la ley concursal que impedía por completo el perdón de deudas con organismos públicos.
El juez de primera instancia acordó la finalización del procedimiento concursal y concedió a los deudores una exoneración de deudas, de la cual quedaron excluidos tanto los créditos de derecho público como los de alimentos. Los deudores recurrieron en ese momento ante la Audiencia Provincial de Alicante para que la deuda con Hacienda fuera condonada, y los magistrados elevaron el caso al TJUE para que aclarase si la normativa española impedía o no la exoneración de deudas, ya que cambió entre 2020 y 2022.
Concretamente, los jueces españoles pedían que se aclarase «cuál es el margen de maniobra del que disponen los Estados miembros a la hora de trasponer la directiva respecto a los tipos específicos de créditos que pueden excluirse del mecanismo de exoneración total de deudas». En el auto se subrayaban también las divergencias que se habían producido al respecto en la jurisprudencia española, ya que en algunos casos se había fallado que los créditos públicos pueden ser objeto de la exoneración de deudas, mientras que en otros se estimó todo lo contrario.
En la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la UE hace unos días se aclara que el listado de deudas exonerables «no tiene carácter exhaustivo y que los Estados miembros tienen la facultad de excluir de la exoneración de deudas categorías específicas de créditos distintas de las enumeradas en esa relación, siempre que dicha exclusión esté debidamente justificada con arreglo al Derecho nacional». Así pues, España no violó la normativa comunitaria al limitar la condonación de deudas con organismos públicos.
En cuanto a la cuestión sobre si la ley concursal española pudo comprometer gravemente el objetivo fijado en la directiva de dar una segunda oportunidad a los deudores, los magistrados europeos determinaron que realmente le corresponde a la Audiencia Provincial de Alicante evaluar ese extremo, aunque se destaca que «el legislador español cumplió la obligación de justificar esta exclusión tras la expiración del plazo de transposición de la directiva en el preámbulo de la Ley 16/2022, de reforma del texto refundido de la ley concursal, cuyo objetivo es garantizar la transposición de aquella».
Habrá que ver finalmente lo que pasa con estas deudas con Hacienda o la Seguridad Social, si se exoneran o no, y si se establece claramente la ley para saber en qué casos se hace o no de forma que se siga siempre y de forma clara la normativa europea.