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El SEPE desvela un truco que no conocíamos: así puedes cobrar el paro después de una baja voluntaria

Por D. García
2 de marzo de 2024, 11:00
en Economía
SEPE, cobrar el paro

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El SEPE parece haber entrado en modo pedagógico desde principios de mes, pues se han dedicado a divulgar noticias y curiosidades que no conocíamos (todo sea por no coger el teléfono). Vimos hace poco la ayuda de 500 euros al mes durante tres años, y ahora nos quedamos impactados de nuevo. ¿Sabías que puedes cobrar el paro después de una baja voluntaria en el trabajo? Así es como lo puedes hacer.

El SEPE se pronuncia sobre cobrar el paro tras una baja voluntaria

Normalmente, tras una baja voluntaria no se puede acceder a la prestación por desempleo. Sin embargo, hay algunas excepciones que permiten cobrar el paro incluso después de abandonar voluntariamente el trabajo. El SEPE ha recibido tantas preguntas en este sentido, que han tenido que salir al paso.

La regla general es que tras dejar un trabajo de forma voluntaria no se tienen derecho a cobrar el paro. Esto se debe a que se considera que el fin de la relación laboral ha sido una decisión del trabajador y no del empresario. ¿No es acaso lo que sabíamos hasta ahora? Pues hay truco. 

No obstante, en determinados supuestos sí es posible acceder al subsidio por desempleo. Por ejemplo, cuando la baja voluntaria se debe a una situación legal de despido o al incumplimiento de la empresa de sus obligaciones. También se puede dar el caso de abandonar un trabajo por causa justificada y tener derecho a cobrar el paro.

Por tanto, aunque lo habitual es no poder obtener el subsidio tras una dimisión voluntaria, existen excepciones que permiten el acceso en ciertas circunstancias recogidas por ley. Es importante analizar cada caso en concreto para determinar si se cumplen los requisitos necesarios, así que mejor ir siempre a un abogado.

La situación en la que sí puedes cobrar el paro tras la baja voluntara

Aunque la regla general es que tras una baja voluntaria no se puede acceder a la prestación por desempleo, el SEPE contempla una excepción que permite cobrar el paro en determinados casos. Está regulada por el Estatuto de los Trabajadores, aunque no se mencione explícitamente esta ayuda pública.

Esta excepción se aplica cuando, tras la baja voluntaria, el trabajador consigue un nuevo empleo y luego es despedido de forma involuntaria. En ese caso, si se cumplen ciertos requisitos, se podrá acceder a la prestación por desempleo a pesar de la baja voluntaria previa.

La clave está en que el despido involuntario rompe el nexo con la baja voluntaria anterior. Al haber trabajado después de esa baja y haber sido despedido de forma no buscada, se considera que la situación de desempleo no se debe a una decisión propia, sino a circunstancias ajenas.

Los plazos, muy importantes a la hora de solicitar la baja voluntaria

Si presentas la solicitud durante los 15 días siguientes al cese en el trabajo, la prestación empezará a contar desde el día siguiente al cese. Si presentas la solicitud pasados los 15 días siguientes al cese en el trabajo, la prestación empezará a contar desde el día siguiente a la solicitud.

En el caso de las bajas voluntarias, es diferente a lo que te imaginas. El derecho a percibir la prestación nacerá una vez transcurrido un plazo de carencia de 3 meses, contados desde la fecha del cese en el trabajo que dio lugar a la situación legal de desempleo.

Como ves, cobrar el paro tras pedir la baja voluntaria es una realidad que, si bien no es tan frecuente, entra dentro del margen de lo posible. El SEPE reconoce ciertas excepciones para hacerlo que, no obstante, son muy contadas y específicas. De cualquier modo, tenemos claro cómo los ciudadanos sabemos muy poco sobre esta prestación. ¿Y si te decimos que esta es la cantidad máxima que puedes cobrar por desempleo?

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Tags: Ayudas y prestaciones

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